Grados de incapacidad permanente: un análisis detallado

Escrito por: Dr. Antonio Murciano Rosado
Publicado:
Editado por: Marga Marquès Gener

La incapacidad laboral es una situación en la que el trabajador no puede realizar las funciones habituales de su puesto de trabajo. Esta condición puede ser calificada como invalidez permanente, incluso si existe la posibilidad de recuperación, siempre que esta sea a largo plazo.

 

También existe la invalidez temporal, comúnmente conocida como baja médica, cuando un trabajador se encuentra temporalmente incapacitado para trabajar y necesita asistencia médica de la Seguridad Social. En este artículo, exploraremos los diferentes grados de incapacidad permanente y cómo se regulan en España.

 

La incapacidad laboral es una situación en la que el trabajador no
puede realizar las funciones habituales de su puesto de trabajo

 

¿Cómo se regula la incapacidad permanente?

Existen dos modalidades principales para la regulación de la incapacidad permanente: la contributiva y la no contributiva.

  • Modalidad contributiva: este tipo de incapacidad se presenta cuando, tras haber recibido tratamiento médico y haber sido dado de alta, el trabajador experimenta reducciones físicas o funcionales significativas que limitan o anulan por completo su capacidad para desempeñar sus funciones laborales.
  • Modalidad no contributiva: se refiere a las deficiencias, ya sean físicas o psíquicas, que pueden ser congénitas o adquiridas, y que afectan la capacidad física, psíquica o sensorial de quienes las padecen.

 

¿Qué grados de incapacidad permanente existen?

La determinación de los grados de incapacidad permanente se basa en la evaluación conjunta de las dolencias del individuo y las demandas de su profesión, así como en el impacto que estas dolencias tienen en su capacidad para trabajar.

 

Es importante tener en cuenta que esta clasificación es realizada por los jueces y no por los médicos, quienes actúan como informadores sobre las condiciones del paciente y su repercusión funcional.

 

A continuación, se presentan los distintos grados de incapacidad permanente:

  • Gran Invalidez (GI): esta categoría se aplica cuando las limitaciones físicas o funcionales obligan al individuo a depender completamente de otras personas para realizar actividades diarias básicas. La prestación económica asociada es del 150% de la base reguladora utilizada para determinar la prestación por incapacidad temporal.
  • Incapacidad Permanente Absoluta (IPA): en este caso, el trabajador queda completamente incapacitado para cualquier profesión u oficio. La prestación económica es del 100% de la base reguladora utilizada para calcular la prestación por incapacidad temporal.
  • Invalidez Permanente Total (IPT): esta categoría se aplica cuando el individuo no puede realizar todas las tareas fundamentales de su profesión habitual, pero podría dedicarse a otra profesión diferente. Si el paciente tiene más de 55 años, se le otorga el 75% de la base reguladora (IPT cualificada).
  • Invalidez Permanente Parcial (IPP): en este caso, la capacidad para desempeñar las tareas habituales se ve disminuida en más del 33%, pero el individuo aún puede realizar las tareas fundamentales de su profesión. La prestación económica asociada es equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora utilizada para calcular la prestación por incapacidad temporal.

 

¿Cómo podemos ayudarte en Clínica Alanda?

En nuestra unidad de peritación médica, dirigida por el Dr. Antonio Murciano Rosado, con más de 30 años de experiencia en el sector, podemos ofrecerte orientación específica según las características particulares de tu caso.

 

Nuestros servicios de peritación médica se centran en una amplia gama de incidentes personales, incluyendo accidentes de tráfico, laborales, evaluación de discapacidades, gestión de incapacidad temporal y asesoramiento en casos de mala praxis médica. Estamos aquí para ayudarte a entender tus derechos y recibir la asistencia adecuada en situaciones de incapacidad permanente.

Por Dr. Antonio Murciano Rosado
Medicina del trabajo

El Dr. Antonio Murciano Rosado es un reputado médico del trabajo en Sevilla. Cuenta con más de tres décadas de experiencia médico profesional, y actualmente forma parte del equipo médico de la Clínica Médica Alanda, donde es experto en peritaje médico, medicina laboral, incapacidad laboral, informe pericial, valoración del daño corporal o informes médicos, entre otros. 

Licenciado y Doctor en Medicina y Cirugía por la Universidad de Sevilla, y obtuvo la especialidad en Medicina Familiar y Comunitaria a través de la residencia MIR, antes de especializarse como médico del trabajo. Además, realizo el Máster en Valoración del año Corporal, se diplomó en Evaluación Médica de Incapacidades y obtuvo el título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales. 

Actualmente, ejerce como responsable de la Unidad de Valoración del Daño Corporal de la Clínica Médica Alanda, en Sevilla. Además, es perito médico de seguros, y forma parte de prestigiosas sociedades médicas, como la Sociedad Española de Valoración Médica del Daño Corporal, la Sociedad Andaluza de Valoración Médica del Daño Corporal, la Sociedad Española de Medicina de los Seguros (AMES), la Asociación de Peritos de Seguros y Comisarios de Averías o la Asociación Andaluza de Medicina y Seguridad en el Trabajo.

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